Gestor PRO
Lo fácil es que el matrimonio esté inscrito en España.
Si no lo está, hay
una resolución del los Tribunales Económico-Administrativos Regionales (TEAR) que dice que se puede probar mediante otras pruebas fehacientes como:
- Certificado histórico individual del padrón municipal.
- El certificado de matrimonio del país de procedencia.
- El certificado de matrimonio incluyendo la apostilla de La Haya con su traducción jurada.