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Los códigos de Concepto de Gasto del Informe del Libro Contable Oficial para la AEAT

Trámites
03/05/2024
¿Qué son los códigos de gastos del Informe del Libro Contable Oficial de la Agencia Tributaria?
Gestor PRO
En el Libro Contable Oficial para la AEAT hay una columna con los códigos de gastos, la clasificación para codificar estos gastos que ofrece la Agencia Tributaria es la siguiente:
  • "G01": Compra de existencias.
  • "G02": Variación de existencias (disminución de existencias finales).
  • "G03": Otros consumos de explotación.
  • "G04": Sueldos y salarios.
  • "G05": Seguridad Social a cargo de la empresa.
  • "G06": Seguridad Social y Aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad.
  • "G45": Seguridad Social del titular de la actividad(se admite G06 hasta 1T 2024).
  • "G46": Aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad (se admite G06 hasta 1T 2024).
  • "G07": Indemnizaciones.
  • "G08": Dietas y asignaciones de viajes del personal empleado.
  • "G09": Aportaciones a sistemas de previsión social imputadas al personal empleado..
  • "G10": Otros gastos de personal.
  • "G11": Gastos de manutención del contribuyente (artículo 30.2.5ª.c de la Ley del Impuesto).
  • "G12": Arrendamientos y cánones.
  • "G13": Reparaciones y conservación.

  • "GY4": Suministros (electricidad, agua, gas, telefonía e internet). Alternativamente se podrá consignar en su lugar:
  • "G14": Gastos por suministro eléctrico.
  • "G15": Gastos por suministro de agua.
  • "G16": Gastos por suministro de gas.
  • "G17": Gastos por suministro de telefonía e internet.
  • "G18": Otros suministros.

  • "G19": Servicios de profesionales independientes. Alternativamente se consignarán en su lugar los correspondientes a:
  • "G40": Gastos de Formalización de Contratos.
  • "G41": Gastos de Defensa Jurídica.
  • "G42": Otras cantidades devengadas por terceros por servicios personales.
En este libro no se muestra el detalle de los conceptos de la factura, ya que no son datos que se transcriban de la factura original a la contabilidad. No es un requerimiento de Hacienda ni se necesitan para presentar los modelos trimestrales o anuales como autónomo.

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